Catedrático español expone ante funcionarios judiciales los delitos de comisión por omisión.


El presidente de honor de la Fundación Internacional de Ciencias Penales, doctor Diego Manuel Luzón Peña, catedrático de Derecho Penal de la universidad de Alcalá, Madrid, expuso a los funcionarios de la material penal, --asesores, jueces, magistrados de tribunal de apelaciones y magistrados de la Corte Suprema de Justicia--, los delitos de “Comisión por omisión, con énfasis en los criterios de equivalencia con la comisión activa”.

El doctor Luzón Peña explicó que “la comisión por omisión es un delito que aunque aparentemente al principio es una omisión de actuar, acaba produciendo un resultado como si lo hubiera causado activamente y se acaba responsabilizando al omitente, porque tiene unas situaciones muy especiales de la producción de los resultados que el omitente no ha causado, pero es igual porque se le imputa y se le atribuye como si lo hubiese ocasionado”.

Agregó el catedrático español que “la persona que realiza una comisión por omisión y causa lesiones debe responder como un delito de lesiones”.

“Cuando una omisión pura de un deber lo realiza un garante o alguien que tiene un deber especial de garantía, equivale a producir un delito de resultado activo”, explicó el catedrático de la universidad de Alcalá, Madrid.

El doctor Luzón Peña presentó en su ponencia las posiciones de garantes de protección de un bien jurídico frente a cualquier peligro, las posiciones de garantes de supervisión, vigilancia o control de una fuente, peligro y la imputación del resultado sin causalidad material, natural, pero con situación jurídicamente equivalente a la causación mediante actividad.


(De izq. a der.) El doctor Manuel Aráuz Ulloa, Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UCA; el magistrado vicepresidente de la CSJ, doctor Marvin Aguilar García, el presidente de honor de la Fundación Internacional de Ciencias Penales, doctor Diego Manuel Luzón Peña y la doctora Michelle Rizo Pereira, asesora de la vicepresidencia del Poder Judicial.
El Código Penal de Nicaragua en su artículo 23 sanciona el delito de omisión y comisión por omisión.   

El magistrado vicepresidente de la CSJ, doctor Marvin Aguilar García, destacó que el doctor Diego Manuel Luzón Peña es un ilustre jurista internacional que ha contribuido al desarrollo económico y científico del Derecho Penal.

“Agradezco su presencia y que venga a compartir con nosotros sus aportes científicos de Derecho Penal. Es un investigador, científico y autor de múltiples publicaciones y es un referente en Europa y América Latina en Derecho Penal”, dijo el funcionario judicial.


“Su trayectoria nos permite reconocer a un hombre insigne que ha puesto su talento al servicio de la humanidad, promoviendo constantemente ideas novedosas que marcan directrices hacia el respeto de los Derechos Humanos y hacia la construcción de un estado de derecho. Se destaca por ese desprendimiento de saberes por compartir sus conocimientos, por su espíritu solidario a través de su permanente colaboración con nuestro país”, enfatizó el magistrado Aguilar García.

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