La dirac se prepara para asumir retos de la mediación en materia procesal civil.




Con la entrada en vigencia de la Ley 902, Código Procesal Civil, el próximo mes de Octubre, el trámite de mediación será un requisito indispensable para interponer una demanda en los juzgados civiles, explicó la doctora María Amanda Castellón Tiffer, Directora de la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos de la Corte Suprema de Justicia.

Dra.  Amanda Castillón Tiffer, director de la DIRAC
“Usted puede interponer la demanda, cumplir con todos los requisitos, pero si no acompaña la constancia de que no llegó a un acuerdo o que no asistieron a la mediación, la autoridad judicial no va a admitir la demanda”, precisó la doctora Castellón en el programa radial “Una hora con la Justicia”, dirigido por los doctores Gerardo Rodríguez y Roberto Larios, magistrado presidente del TAM y divulgador de la CSJ respectivamente.

El artículo 421 del nuevo Código Procesal Civil establece entre los anexos a la demanda, la “Constancia de no acuerdo en el trámite de mediación”.
 
Durante su comparecencia, la funcionaria de la DIRAC indicó que el demandante es el primer obligado a hacer uso de la mediación, “de lo contrario no puede entrar al proceso judicial civil, si no acompaña una constancia de que agotó la mediación como forma alterna de solución del conflicto”.

Agregó que la ciudadanía deberá acudir primero a los mediadores de la DIRAC, a los centros de mediación autorizados por esta dependencia del Poder Judicial y al Servicio de Facilitadores Judiciales.

“Ahora la mediación será previa y obligatoria a la iniciación del proceso, es decir antes de la interposición de la demanda, porque es un requisito de admisibilidad establecido en el nuevo Código”, reafirmó la doctora Castellón Tiffer.

Consultada por un oyente del programa de radio acerca de la medida cautelar del embargo, la funcionaria explicó que la mediación no tiene desventajas con esta figura jurídica.

“Recordemos que una finalidad de los embargos es garantizar las resultas del proceso y eso no está en contraposición con la mediación, porque si las partes llegan a un acuerdo como el pago de la obligación, el embargo se tiene que levantar”, dijo la funcionaria de esta dependencia del Poder Judicial que cuenta con 16 años de servicio a la población y 12 mediadores para atender la demanda en Managua.


La Dra. Amanda Castellón Tiffer, durante su comparecencia en el Programa “Una hora con la Justicia”
La doctora Castellón exhortó a los litigantes a hacer uso de la mediación como una forma de solucionar los conflictos, ya que es “seguridad, acceso a la justicia, flexible y sin las formalidades y ritualismo que tiene el proceso judicial”.

Según estadísticas, de las 1,250 causas que ingresaron a los juzgados civiles de Managua de enero al 14 de junio, sólo se han realizado 178 mediaciones derivándose en 124 Acuerdos.

La doctora Castellón dijo que muchas personas desconocen la trascendencia de la mediación, ya que los acuerdos son títulos que prestan mérito ejecutivo en caso de incumplimiento de las partes.


“Si quieren resolver en paz sus problemas, vengan a nuestra sede, ya que nosotros no tenemos competencias territoriales que limitan al judicial. Tienen dos opciones: el sistema de justicia tradicional y la alternativa de la mediación, que es un derecho de todas las partes”, concluyó la funcionaria.

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