Proceso Monitorio.

Con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil de Nicaragua, en el mes de abril, se introduce el “proceso monitorio”, el cual brinda garantías jurídicas al pequeño comercio informal.

El doctor Uriel Barquero Arévalo, Subdirector de la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos, DIRAC, de la Corte Suprema de Justicia, explica que el proceso monitorio es una herramienta legal que brinda a los pulperos y pequeños comerciantes que otorgan crédito sin garantías, para que puedan recuperarlo.

Mediante este instrumento legal establecido en el artículo 526 del nuevo Código Procesal Civil de Nicaragua, concede la garantía jurídica al pequeño comerciante el derecho de realizar la cobranza de la deuda a su cliente o consumidor”.

Es una herramienta que permite al acreedor, poder recuperar el crédito de poca cuantía concedida al cliente, mediante el procedimiento de una simple anotación en un cuaderno o libreta, del crédito otorgado, expresa el doctor Barquero Arévalo.

El crédito carece de un documentos legal, por lo que el cuaderno donde se lleva el control de la mercadería entregada en crédito, es suficiente prueba documental para demostrar los derechos del reclamante ante un juez, manifiesta  el doctor Barquero Arévalo.
El proceso monitorio brinda al pequeño comercio la garantía jurídica o acción llega para que pueda recuperar esos créditos a través de simples anotaciones en cuadernos.

El cuaderno o libreta representa un principio de prueba por escrito, que evidencia que la pulpería otorgó el crédito al consumidor. Eso abre la posibilidad de recuperar la deuda morosa. A la vez evita la quiebra del pequeño negocio y fortalece la economía de pequeña escala.




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