La Mediación resolverá controversias civiles en Nicaragua.
A partir del
mes de octubre del corriente año que entra en vigencia el nuevo Código Procesal
Civil (Ley 902), la figura jurídica de la mediación resolverá las controversias
civiles en Nicaragua, informó la titular de la Dirección de Resolución Alterna
de Conflictos (DIRAC), doctora María Amanda Castellón Tiffer.
“Con la
entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil (Ley 902), la DIRAC tiene
un alto desafío, porque tendrá que solucionar más conflictos de la ciudadanía a
través del diálogo”, dijo la doctora Castellón Tiffer.
La mediación
resolverá las controversias civiles en Nicaragua, afirmó la titular de la
DIRAC, doctora María Amanda Castellón Tiffer.
“Existe la
mediación previa y durante el proceso. La mediación previa se puede realizar en
los procesos extraprocesales, es decir, antes de iniciar el asunto; y la
durante el proceso las partes en un caso civil o mercantil pueden en cualquier
fase ponerle fin al asunto, llámese juicio ordinario (procesos civiles),
ejecución forzosa y juicio monitorio
(reclamo de pago)”, explicó la doctora Castellón Tiffer.
La directora
de la DIRAC dijo que es importante saber que a través de mediación las partes
tienen seguridad jurídica, porque finalizado el acto se orientará a las partes
a comparecer ante la autoridad judicial para la revisión del mismo asunto.
“El
legislador al crear la mediación previa y durante el proceso pensó a favor de
la ciudadanía, para que tengan otra forma distinta de solucionar sus conflictos
a través del diálogo”, apuntó la funcionaria.
La vigencia
del nuevo Código Procesal Civil favorecerá la promoción y aplicación de los
Métodos de Resolución Alterna de Conflictos, puesto que es una muestra del alto
interés por parte del Estado y en especial de la Corte Suprema de Justicia de
expandir las formas de acceso a la justicia, resumió la doctora Castellón
Tiffer.
La directora
de la DIRAC expresó que los Métodos de Resolución de Alternas de Conflictos
están establecidos en la nueva Ley 902, como una forma efectiva para que las
partes resuelvan sus controversias.
El Código de
Procedimiento Civil tiene 887 artículos y la figura de la mediación está
establecida en los artículos 407, 408 y 706,
Las
declaraciones de la doctora María Amanda Castellón Tiffer, fueron brindadas a
un canal de televisión durante una exposición del doctor Diego Manuel Luzón
Peña, catedrático de derecho penal de España, sobre los delitos de comisión por
omisión y criterios equivalente con la comisión activa.
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