Proceso Monitorio.
Con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil
de Nicaragua, en el mes de abril, se introduce el “proceso monitorio”, el cual
brinda garantías jurídicas al pequeño comercio informal.
El doctor Uriel Barquero Arévalo, Subdirector de la
Dirección de Resolución Alterna de Conflictos, DIRAC, de la Corte Suprema de
Justicia, explica que el proceso monitorio es una herramienta legal que brinda
a los pulperos y pequeños comerciantes que otorgan crédito sin garantías, para
que puedan recuperarlo.
Mediante este instrumento legal establecido en el artículo
526 del nuevo Código Procesal Civil de Nicaragua, concede la garantía jurídica
al pequeño comerciante el derecho de realizar la cobranza de la deuda a su
cliente o consumidor”.
Es una herramienta que permite al acreedor, poder
recuperar el crédito de poca cuantía concedida al cliente, mediante el
procedimiento de una simple anotación en un cuaderno o libreta, del crédito
otorgado, expresa el doctor Barquero Arévalo.
El crédito carece de un documentos legal, por lo que el
cuaderno donde se lleva el control de la mercadería entregada en crédito, es
suficiente prueba documental para demostrar los derechos del reclamante ante un
juez, manifiesta el doctor Barquero
Arévalo.
El proceso monitorio brinda al pequeño comercio la
garantía jurídica o acción llega para que pueda recuperar esos créditos a
través de simples anotaciones en cuadernos.
El cuaderno o libreta representa un principio de prueba
por escrito, que evidencia que la pulpería otorgó el crédito al consumidor. Eso
abre la posibilidad de recuperar la deuda morosa. A la vez evita la quiebra del
pequeño negocio y fortalece la economía de pequeña escala.
Comentarios
Publicar un comentario